Contratos entre particulares
En nuestro día a día, estamos constantemente estableciendo negocios jurídicos ya sea como una persona particular, en nombre de alguna marca comercial, o una empresa. Entre los contratos más habituales que se suelen celebrar están los contratos de compra-venta, de préstamos, de arrendamiento de servicios, entre otros. La forma más aconsejable de que se celebren este tipo de negocios jurídicos es a través de un contrato documentado, pero para demostrar su validez no es estrictamente necesario que sea por escrito, sino que también podemos comprobar que en nuestro Código Civil las obligaciones contraídas entre particulares de manera verbal, tienen la misma obligatoriedad y validez que un contrato por escrito.
Este tipo de contratos o de obligaciones jurídicas son recíprocas entre las dos partes, es decir, una parte está obligada a prestar un servicio como por ejemplo, en el arrendamiento de servicios, a la entrega de la cosa, etc, y la otra parte está obligada a la contraprestación económica por ello.
El conflicto surge cuando una de las dos partes realiza un incumplimiento del contrato, como puede ser, no pagar por la adquisición de un producto o por un servicio realizado. Ante este tipo de situaciones, es aconsejable demandar al contrario antes de que prescriba la acción, y una sentencia firme requiera de pago a la parte demandada.
En estos casos tendremos que acudir a la Jurisdicción civil, y dependiendo de la cuantía por la que se reclama, contar con los servicios de un despacho de abogados para que interponga una demanda por el procedimiento de Juicio verbal si la cuantía de la demanda es inferior a 6.000 euros, o interponer una demanda por el procedimiento ordinario si la cuantía de la demanda es superior a 6.000 euros.
Contratos de seguros
Uno de los negocios jurídicos que más suele celebrar el ciudadano es el contrato de seguros para un vehículo, para una vivienda, de responsabilidad civil, etc. Este tipo de negocios jurídicos, revisten de una gran importancia, a diferencia de contratos que podamos establecer con una compañía telefónica, o con la compañía de la luz, puesto que el hecho de que no se tramite correctamente un contrato de seguro, puede acarrear bastantes consecuencias jurídicas que nos pueden ser perjudiciales.
Más en concreto, atendiendo al seguro de vehículos, es de vital importancia que se conozca bien las cláusulas que se contratan, por ejemplo: cuál sería la cuantía a indemnizar al conductor responsable de un siniestro en caso de hospitalización, de incapacidad permanente o fallecimiento; cómo sería la asistencia en viaje; la franquicia que contratemos para cubrir los daños materiales en caso de contratar todo riesgo con franquicia, etc.
Hay que tener en cuenta que en caso de un siniestro en el que otras personas sufran una serie de lesiones, a estas personas se les va a indemnizar según el Baremo de accidentes de tráfico que en ese momento sea de aplicación, en cambio, al conductor responsable del siniestro se le va a indemnizar por la cuantía que contrate con el seguro de vehículo y no por dicho Baremo. Por ello, es importante contar en todo momento con el asesoramiento de un despacho de abogados especializados en contratos de seguros, para obtener el mayor beneficio posible.
Desahucios
Los contratos de arrendamientos de vivienda o de local para uso distinto de la vivienda, están regulados por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y es por las características de este tipo de contratos que ha necesitado una ley que regule especialmente estos negocios jurídicos de manera más concreta y clara que el propio Código Civil.
En este tipo de contratos en importante cumplir religiosamente el pago mensual de la renta, para que el arrendatario no se encuentre con la desagradable sorpresa de que el arrendador le ha interpuesto una demanda de desahucio por impago de rentas. Hay que tener cuidado con este tipo de actos puesto que el arrendatario solo tiene una oportunidad para enervar la acción de desahucio, puesto que de no ser así, inevitablemente se llevaría a cabo el lanzamiento de la vivienda.
El procedimiento de desahucio es un procedimiento sencillo en el que hay que contar con un buen asesoramiento de un abogado especializado. Se trata de un procedimiento verbal y sumario para que el propietario o arrendador pueda recuperar su finca lo antes posible, en el que, además, se puede acumular la acción de reclamación de cantidad por las rentas impagadas.
Procedimiento monitorio
El procedimiento monitorio es un tipo de procedimiento civil en el que no se reclama una cantidad al deudor, sin que se celebre ningún tipo de juicio, siendo una de las especialidades que más rápidamente se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia.
Para este tipo de procedimientos también es aconsejable contar con los servicios de un abogado especializado en la materia, y no hay necesidad de acudir con un Procurador. En estos casos basta con tener documentada la deuda que se reclama en el escrito de demanda monitorio, como por ejemplo una factura.
Como se ha comentado, es un procedimiento rápido en el que no hace falta la celebración de ninguna vista oral o juicio, sino que es suficiente con que el Juzgado requiera a la parte demandada para que en el plazo de veinte días realice el pago o se oponga a la demanda. En caso de que no pague, pero no se oponga, se llevará a cabo la ejecución del pago de la deuda, y en caso de que se oponga se archivará el procedimiento monitorio, y se derivará al procedimiento civil ordinario o verbal, dependiendo de la cuantía de la demanda.