Todo lo que necesitas saber sobre bienes privativos

Bienes privativos

Todo lo que necesitas saber sobre bienes privativos

Cuando contraemos matrimonio, muchas veces, no conocemos todos los aspectos legales, y probablemente, no conozcas qué son los bienes privativos. O por lo menos, lo que es el concepto de bien privativo.

Si bien es cierto que gran parte de las parejas comprenden los aspectos legales de los bienes gananciales, no deben de dejar de lado este concepto también. Por lo que, desde nuestro despacho, queremos informarte de todo lo que debes de saber sobre este concepto.

¿Qué son los bienes privativos?

A la hora de explicar el concepto, tenemos explicar, primero de todo, qué es. Pues bien, los bienes privativos son aquellos que pertenecen de forma exclusiva a una de las personas que se han unido en matrimonio. Es decir, todo aquello que no entra dentro de los gananciales.

Por lo que, a la pregunta de qué sucede en caso de divorcio, no, los bienes privativos no tienen que distribuirse, es decir, no se reparten de forma equitativa entre ambas partes.

¿Qué se considera bien privativo?

A continuación, vamos a enumerar de forma general qué se considera bien privativo:

  • Las pertenencias que tenían cada cónyuge antes de celebrar el matrimonio.
  • Todo aquello que fue obtenido a costa de un bien privativo después del matrimonio. Es decir, si puedes demostrar que ese bien se ha adquirido a cambio de algo privativo, sigue siendo privativo.
  • Todo aquello que pasó a formar parte del patrimonio de uno de los cónyuges de forma gratuita, como podría ser una herencia o donación.
  • Toda la ropa, así como objetos de uso corriente, siempre y cuando su valor no sea elevado.
  • El dinero que se reciba por indemnización de daño o resarcimiento a uno de los cónyuges a uno de los bienes que tenía. 
  • Aquellos bienes comprados o vendidos mediante la figura de derecho o pacto de retracto.

¿Los bienes privativos se convierten en gananciales?

No de forma natural, es decir, gracias al principio de la libertad de pactos en cuanto a relaciones económicas entre cónyuges, debe de existir un pacto previo. Por así decirlo, por el simple hecho de contraer matrimonio el patrimonio privativo no se convierte de forma automática en ganancial.

Para ello, la persona que tiene el bien privativo debe de ir ante notario y realizar una escritura pública, además, debe de existir un consentimiento del cónyuge que no era propietario original del bien.

¿El dinero de una herencia es privativo?

La respuesta es un rotundo sí, el dinero de una herencia es privativo. Es más, si empleamos ese dinero en adquirir una propiedad, siempre que podamos demostrar que hemos empleado dicha herencia privativa para adquirir esa propiedad, también será privativa.

¿Qué sucede si se ingresa dinero privativo en una cuenta ganancial?

Según la sentencia de el Supremo, si ingresas dinero privativo en una cuenta común, no se convertirá en ganancial. Por así decirlo, en el caso de que se disuelva el matrimonio, la persona que realizó el depósito tiene derecho a un reembolso.

Es más, en caso de que se emplee dinero privativo para poder pagar una deuda que ha sido contraída para adquirir un bien ganancial, nace un derecho crédito de la persona propietaria de ese dinero. Es decir, en caso de divorcio la otra persona tendrá que devolver dicho importe.

¿Cómo saber si un bien es privativo?

Es posible que después de todas las explicaciones y ejemplos, sigan existiendo algunas dudas al respecto. Pues bien, existen algunos conceptos generales para poder distinguir si dicho bien es ganancial o privativo:

  1. Dependiendo de la elección que se realice el régimen económico matrimonial dado que existen tres: separación de bienes, sociedad de gananciales y régimen de participación.
  2. Cuando pienses en el bien, medita cuándo fue adquirido, pero solo cuando sea una sociedad de gananciales. A excepción de que, por ejemplo, la propiedad fuese adquirida por uno de los cónyuges mientras estaba soltero.
  3. La procedencia de los bienes, dado que si es adquirido por donaciones o herencia en vida, serán siempre privativos a excepción que se exprese que es para los dos cónyuges.

No obstante, si sigues con dudas, te recomendamos que llames o acudas a nuestro despacho, puedes encontrarnos en Maps haciendo clic aquí.

¿Cómo demostrar que los bienes son privativos?

Si una de las partes necesita demostrar que los bienes son privativos, se puede demostrar de dos formas distintas:

  1. Con la declaración o confesión de una de las dos partes, será la más sencilla y rápida.
  2. La presentación de los títulos de propiedad, las facturas o cualquier otro documento ya sean contratos y escrituras.

Estas son algunas de las dudas más comunes sobre los bienes privativos, pero si tienes alguna otra consulta, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados en Madrid.

¿Cómo podemos ayudarte?

Póngase en contacto con nosotros para cualquier consulta o duda.
Comparte si te ha resultado útil
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Reddit
Telegram

Podría interesarte...